Reglamento Doma Vaquera
CÓDIGO DE CONDUCTA
1. En todos los deportes ecuestres el caballo es el soberano.
2. El bienestar del caballo debe prevalecer sobre las exigencias de criadores, entrenadores, y jinetes, propietarios, comerciantes, organizadores, patrocinadores y jurados.
3. Todos los cuidados y tratamientos veterinarios prodigados a los caballos deben asegurar su salud y bienestar.
4. Se debe mantener en todo momento un buen nivel en materia de alimentación, salud, higiene y seguridad del caballo.
5. Debe mantenerse un ambiente sano durante el transporte de los caballos. Deben adoptarse las oportunas medidas para asegurar que la ventilación sea la adecuada y la alimentación y agua sean suficientes y suministradas de forma regular.
6. Deberá ponerse especial interés en que la instrucción en el entrenamiento y práctica de los deportes ecuestres mejore, así como proporcionar los estudios científicos sobre medicina equina.
7. El interés del caballo, la salud y la competencia del jinete se consideran esenciales.
8. Cada tipo de equitación y cada método de entrenamiento deberán considerar al caballo como ser vivo y excluir toda técnica considerada abusiva por la FEI.
9. Las Federaciones Nacionales deberán instituir controles adecuados para que, toda persona y órgano bajo su jurisdicción, respete el bienestar del caballo.
10. Los reglamentos nacionales e internacionales del deporte ecuestre, relativos a la protección del caballo, deberán ser respetados, no sólo durante los concursos nacionales e internacionales, sino también, durante los entrenamientos.
Los reglamentos deberán ser continuamente revisados, a fin de asegurar el respeto al caballo.
PREÁMBULO
AUNQUE ESTE REGLAMENTO PRECISA CON DETALLE LAS REGLAS POR LAS QUE LA REAL FEDERACIÓN HÍPICA ESPAÑOLA (RFHE) PRETENDE QUE SE RIJAN LOS CONCURSOS DE DOMA VAQUERA NACIONALES (CVN), SIEMPRE DEBE COORDINARSE CON EL REGLAMENTO GENERAL DE LA MISMA, ASÍ COMO CON EL RV Y RD. TODOS LOS CASOS NO PUEDEN ESTAR PREVISTOS EN ÉL. EN OCASIÓN DE CIRCUNSTANCIAS FORTUITAS O EXCEPCIONALES CORRESPONDE AL JURADO DECIDIR, SIEMPRE DEPORTIVAMENTE, APROXIMÁNDOSE LO MÁS POSIBLE AL ESPÍRITU DE ESTE REGLAMENTO Y DEL REGLAMENTO GENERAL DE LA REAL FEDERACIÓN HÍPICA ESPAÑOLA (RFHE).
Este Reglamento ha sido aprobado por la Asamblea General Ordinaria de la RFHE el 22 de FEBRERO de 2000.
La presente edición contiene todas las modificaciones aprobadas por la Comisión Delegada hasta su reunión del día 11 de marzo de 2004, que entraron en vigor el 1 de abril de 2004.
A partir de la fecha de entrada en vigor de la presente edición, todos los textos relativos a la misma (ediciones precedentes, circulares u otros documentos oficiales) aparecidos con anterioridad quedan derogados.
CAPÍTULO I. INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO II. CONCURSOS Y CAMPEONATOS
CAPÍTULO III. LA PISTA Y LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS
CAPÍTULO IV. PARTICIPANTES Y CABALLOS
CAPÍTULO V. ÓRGANOS Y MIEMBROS OFICIALES DE LA COMPETICIÓN
CAPÍTULO VI. OTRO PERSONAL DE LA COMPETICIÓN
CAPÍTULO VII. COMITÉS ORGANIZADORES
ANEXO I. DISTRIBUCIONES PREMIOS
ANEXO II. REMUNERACIÓN DEL PERSONAL OFICIAL
ANEXO III. HOJAS DE EJERCICIOS
ANEXO IV. HOJA DE CALIFICACIÓN
ANEXO V. ANÁLISIS DEL REGLAMENTO Y CRITERIOS DE APLICACIÓN
ANEXO VI. PRINCIPIOS GENERALES
PALMARÉS
GLOSARIO